AMFFA

Asociación Mutual de Farmacéuticos Florentino Ameghino

Diag. 75 Nº 350 (18 y 61) (0221) 453-5126

 
Presentación remota online

Para la liquidación online deberá presentarse la siguiente documentación:

- Planilla de liquidación (una por todos los meses y pacientes que liquida)
- Solicitud de autorización realizado por el/la profesional, firmado y sellado
- Autorización por parte de la obra social
- Asistencia realizada por el/la paciente, con firmas por cada fecha de atención.
- Credencial
- En caso de ser atención remota, y no contar con pedido de autorización, adjuntar consentimiento realizado por el/la profesional, donde conste que atendió a dicho/a afliado/a, registrando las fechas de las sesiones, firmado y sellado.

Toda la documentación se enviará digitalizada, escaneada o fotografiada (JPG o PDF), de manera que sea absolutamente legible, y organizada siguiendo los instructivos enviados cada mes.
 

 
Atención y autorización

El/la profesional deberá completar el pedido de autorización descargado de esta página, donde conste la cantidad de sesiones que se llevarán a cabo en el mes. De ser un/a paciente que atienda por primera vez será necesario aclarar que una de las sesiones a autorizar corresponde a la sesión primaria. La cantidad de sesiones solicitadas no pueden exceder las 5 mensuales, siendo 30 las autorizadas anualmente por la obra social. Este pedido será entregado al paciente para realizar el trámite de autorización en la sede de la obra social.

La autorización de la mutual podrá darse de dos maneras:

- Sello colocado desde la obra social sobre el pedido de autorización (autorizada presencialmente en la sede de la mutual)
- Con hoja impresa o pdf, entregada al paciente, donde figuren datos del mismo, cantidad de sesiones y mes autorizado (observaciones)

Una vez realizada la autorización el/la paciente entregará el pedido autorizado al profesional o la autorización impresa o en pdf entregada en la mutual.
La asistencia del/la paciente podrá ser registrada en la misma autorización, en la planilla descargada de esta página (planilla de autorización y asistencia) o en una hoja realizada manualmente. En dicha asistencia deberán detallarse las fechas de atención firmadas cada una en conformidad por el/la paciente.
 

 
Liquidación:

Para la liquidación el/la profesional deberá presentar en el Colegio de Psicólogos y Psicólogas, en las fechas correspondientes, la documentación arriba detallada, organizada según las indicaciones de los instructivos enviados cada mes.

IMPORTANTE:

La obra social no abonará aquellas sesiones que se encuentren por fuera del mes autorizado. Sin importar qué fecha tiene la autorización las sesiones declaradas en asistencia deberán corresponder al mes autorizado; este dato podrá verse en la autorización en el sector Observaciones.

Sólo se aceptará la liquidación de las sesiones de hasta tres meses anteriores al mes en que se encuentra realizando la presentación.
No será posible liquidar sesiones con fecha del mismo mes en que se encuentra presentando la liquidación.

Para poder acceder a los aranceles y las ultimas actualizaciones ingrese en el siguiente enlace:
Aranceles